Tipos de empresas

Las empresas pueden ser individuales (formadas por individuos) o sociedades. Entre las sociedades existen las mercantiles y las no mercantiles. Las mercantiles son las que tienen ánimo de lucro y se rigen por el Código Mercantil de 1885 y las no mercantiles no lo tienen y se rigen por el Código Civil de 1881.

Entre una empresa individual y una sociedad hay diferencia a nivel de creación, pero no jurídicamente.

Entre las no mercantiles figuran la sociedad civil, la comunidad de bienes, la sociedad civil, las ONG, las herencias yacentes (sociedad con administrador que gestiona una herencia mientras no se produzca la sentencia), asociaciones, patronatos, fundaciones.

Una comunidad de bienes la constituyen dos o más personas que ponen en común un bien y se encargan de mantenerlo. Es muy fácil y barato para constituirla, pero los socios responden con su patrimonio personal por la deuda de la sociedad, tienen una responsabilidad ilimitada. Resulta muy práctica para el inicio de una empresa. La sociedad civil funciona igual.

Entre las mercantiles, las colectivas, las comanditarias, las sociedades limitadas y las sociedades anónimas son las más frecuentes. La Sociedad Colectiva tiene responsabilidad ilimitada de los socios frente a las deudas de la sociedad.

La comanditaria es muy parecida a la anterior pero se diferencia en que tiene dos tipos de socios: el socio que responde de forma limitada de las deudas sociales, y el que lo hace de forma ilimitada. El segundo tipo de socio no tendrá ni voz ni voto en la empresa y cuentan con menor participación en el reparto de beneficios.

En la sociedad de responsabilidad limitada los socios responden limitadamente (también pueden ser de un solo socio, SLU). Se montan con un capital mínimo de 3.000 euros, han de llevar contabilidad, declaran el impuesto sobre sociedades. Se precisa un mes para su constitución: buscar un nombre y registrarlo, firmar los estatutos de constitución ante notario, petición de CIF provisional en Hacienda y registrar la sociedad en el Registro Mercantil previo pago del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.  Es una sociedad más pequeña, con un alto control de la gestión por parte de los socios.

La SL Nueva Empresa ofrece la ventaja de que puede montarse a través de Internet con un capital de 3.012 euros.

La Sociedad Anónima es la sociedad capitalista por excelencia. Se constituye con 60.000 euros de capital mínimo. La responsabilidad se limita a ese capital.

El  Empresario individual tiene responsabilidad ilimitada (no hay diferencia entre el patrimonio personal y el de la empresa), tributa por IRPF e IVA, son autónomos. Su creación y su gestión es fácil, hay que llevar libros, no contabilidad.

La Sociedad Laboral afecta a profesionales (bufetes de abogados que comparten gastos, pero cuyos integrantes podrían ser empresas autónomas).

En la cooperativa lo socios aportan capital y trabajo y tiene muchas ventajas fiscales. Su responsabilidad se limita al capital aportado. 

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