Formación y prevención

Identificación de necesidades formativas
Uno de los objetivos que tienen las empresas es la formación por los cambios que se van produciendo en el entorno. Las empresas pueden contar con planes específicos o con iniciativas puntuales para la formación. Para ello, lo primero es identificar las necesidades formativas de los trabajadores. ¿Cómo?:

-          Entrevista personal con los trabajadores para la detección de necesidades:
o   Preguntar cuál cree que son sus puntos débiles
o   Qué necesidades tiene
-          Autoanálisis de necesidades. Solicitar a los trabajadores que propongan cursos

Cuáles pueden ser las áreas formativas:
-          Renovación tecnológica (programas informáticos, etc.)
-          Renovación organizativa
-          Mejora de calidad
-          Habilidades de gestión
-          Orientación al cliente
-          Gestión de costes
-          Requisitos legales
-          Otros

Tras esa identificación de necesidades se analiza demanda formativa  para establecer un calendario (días, horario…), un lugar donde realizar la formación, profesores, presupuesto, etc.

A partir de ahí se elabora un Plan de formación que contempla el número decursos, alumnos y documenta las actividades llevadas a cabo.

Tipos de formación:
1.    Formación de ingreso: incorporación, conocimiento de la empresa y del puesto de trabajo.
2.    Formación de desarrollo: modificaciones de la tarea
3.    Formación de perfeccionamiento. Profundizar conocimientos
4.    Formación complementaria. No específica del puesto de trabajo
5.    Formación legal, que viene obligada por normas legales establecidas (protección de datos, calidad, medio ambiente, prevención)

Una de las formaciones obligatorias para las empresas tiene que ver con la Prevención de Riesgos Laborales. “En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo” (artículo 19 de la Ley  31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

La Ley también señala que dicha formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.

En materia de prevención, actualmente se dispone de una formación específica para cada puesto de trabajo y otra general contemplada por el artículo 34 del Real Decreto 39/1997, que establece los niveles básico, intermedio y superior. El nivel básico contempla períodos de formación de 30 o de 50 horas (trabajos peligrosos), según la actividad profesional. Para el nivel intermedio se contemplaban cursos de 300 horas, que actualmente se han suprimido por dos años de Formación Profesional (Técnico en prevención de riegos profesionales). Finalmente, el nivel superior contempla las 4 disciplinas preventivas: medicina, seguridad, higiene, y ergonomía y psicosociología. Por ello requiere que quienes optan al master han de tener un título universitario (El médico es el único que podrá hacer los 4 masters descritos antes). El título obtenido será el de técnico superior en prevención de riesgos laborales.

El sector de la Construcción estableció en su convenio que el nivel básico de formación en PRL debe contemplar un curso de 60 horas (superior a lo que establece la ley). Para la formación específica el convenio establece un curso de 20 horas de oficio y otro de 8 para incorporación.

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